Certificado Energético de Edificios

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

El  CERTIFICADO ENERGÉTICO es el documento en el que establece la calificación energetica del edificio, vivienda o local comercial.

Es un documento suscrito por un técnico competente tras la realización de una visita al inmueble y posterior trabajo de oficina técnica que incluye los siguientes puntos:

1. Toma de datos sobre las características del inmueble que definen su comportamiento energético: la calidad de las carpinterías y sus vidrios, y si      existen juntas que permitan la entrada de aire, verificar la existencia o no de aislamiento térmico en las fachadas, medianeras, cubiertas, etc.

2. Existencia de sombras proyectadas por edificios colindantes.

3. Definición de las instalaciones que posee para la producción de agua caliente, aire acondicionado y calefacción, así como su antigüedad, etc.

4. Calcular las superficies útiles y construidas de las habitaciones y locales del inmueble, como datos para los cálculos.

5. Verificar datos sobre la orientación del edificio y su acceso a la luz natural o radiación solar.

6. Comprobar el uso, ocupación, forma de funcionamiento, condiciones de ventilación…

7. Realizar los cálculos necesarios para logar una estimación del consumo energético que es previsible en función de las condiciones anteriores, así como hallar una estimación de las emisiones de CO2 que se emiten a la atmósfera debido al consumo de energía de sus instalaciones térmicas.

Con todos estos datos, se procede al cálculo de la clase energética con un método oficial y se emite un informe que es el Certificado de Eficiencia Energética, en el que se recogen los resultados obtenidos y en función de los mismos se establece la calificación energética de ese inmueble.

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¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A DISPONER DE CERTIFICADO?

1. Los propietarios de edificios, viviendas y locales existentes destinados a la venta o alquiler.

2. Edificios públicos de más de 250 m2 con un uso abierto al público.

3. Todos los edificios o locales de pública concurrencia (comercios, centros deportivos, oficinas, colegios, etc.), siempre que su superficie exceda los 500 m2.

4. Edificios objeto de modificaciones, reformas o rehabilitaciones, y que tengan una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25 por cien del total de su envolvente, ó la totalidad de las instalaciones térmicas. (Existen en estos casos ayudas a la rehabilitación)

5. Edificios de nueva construcción.

¿POR QUÉ?

Es una medida de protección al consumidor, promovida por la Unión Europea, para que pueda disponer de información previa sobre la calidad del producto que adquiere.

De momento, no se exige que el inmueble tenga una buena calificación en el , pero sí  que se informe al usuario sobre sus características energéticas.

Por eso, a partir de ahora, para poder poner a la venta o alquiler de un inmueble es obligatorio disponer de un CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA del mismo, emitido por un técnico competente.

 

La etiqueta energética que se deriva de ese certificado energético , debe estar incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de inmuebles.

 

¿ESTOY OBLIGADO A OBTENER UN CERTIFICADO ENERGÉTICO DE MI VIVIENDA O LOCAL COMERCIAL?

  • Estás obligado a obtener un certificado energético sólo si cumples estas condiciones:
  • Eres propietario de un inmueble destinado a la venta o alquiler.
  • Eres propietario o responsable de un negocio (comercios, centros deportivos, oficinas, colegios, etc.) y tu local tiene más de 500 m2.
  • Eres una entidad pública, tu edificio tiene una superior mayor o igual a 250 m2 y estás frecuentado habitualmente por el público en general.
  • Edificios o locales de pública concurrencia, siempre y cuando, su superficie exceda los 500m2.
  • Vas a construir un edificio nuevo.

SI NO LO HAGO ¿QUÉ ME PUEDE OCURRIR?

Las multas previstas por la Administración Pública son muy superiores al coste del certificado energético , que está de promedio en la UE entre 250€ y 400€ en función de la localización, la superficie, o la dificultad técnica.

Además:

Si ofreces la calificación energética de tu inmueble, mostrarás a tus potenciales clientes tu compromiso con ellos, lo que pondrá en valor la transparencia de la oferta y tu imagen.

Si lo solicitas ahora, tendrás la posibilidad de pedir subvenciones para la rehabilitación energética , si piensas hacer una reforma de tu inmueble, ahora o en el futuro.

 

Certificado energético de viviendas para Barcelona, Certificado energético de edificios en Catalunya. 

 

 

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